" "Eco Tucumano": ACTO CRIMINAL DE LOS 7 CONCEJALES DEL OFICIALISMO
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lunes, 25 de mayo de 2009

ACTO CRIMINAL DE LOS 7 CONCEJALES DEL OFICIALISMO

La comunidad de Aguilares sigue perdiendo 7 a 3.-Las soluciones para la Epidemia de Dengue propuestas por el Consejo de la Comunidad de la Ciudad de Aguilares fueron presentada por medio del proyecto de Ordenanza Nº 90 del 13-Abril-2009 a hs. 19:30 por el Concejal José Alfredo Sosa.- y sostenida en la reunión del Concejo Deliberante realizada el día martes 14 de Abril de 2009 a hs. 09:00.- por los tres concejales de la Oposición
Concejal Rubén Balceda- *********** - Concejal Paola Fernández - *************** - Concejal José Sosa
pero como de costumbre el proyecto fue rechazado por los siete Concejales del Oficialismo, con el argumento infantil que ya se aprobaron otras ordenanzas declarando la emergencia sanitaria y no pueden hacer otra ordenanza sobre el tema, cuando todos sabemos que simplemente tendían que haber aprobado esta y por la misma dejar sin efectos todas las otras anteriores.-
Y para calmar a las personas tremendamente preocupadas que se agolparon en el concejo deliberante les dicen que el Artículo de la entrega del tul en el hospital y la fumigación intra domiciliaria casa por casa lo remitirán al Ejecutivo mediante minuta recomunicación, Cuando todos sabemos que esas minutas no obligan al intendente, ya que no tienen la fuerza de una Ordenanza Municipal.-
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO: Se Declara la Emergencia Sanitaria en la Ciudad de Aguilares por la Epidemia de Dengue. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones necesarias ante las Autoridades Provinciales y Nacionales, a fines de obtener los recursos necesarios para neutralizar la epidemia y sus consecuencias para los años posteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO: Será tratada como portadora del virus, sin ningún otro análisis previo, toda persona que presente tan solo dos de estos síntomas: fiebre, dolor de cabeza, dolores de músculos y articulaciones, náusea, vómitos, cansancio intenso, picazón, manchas en la piel, no tiene resfrió, no estornuda, el cuadro general es el de una falsa gripe. El ejecutivo municipal entregara en el hospital en forma gratuita Tul mosquiteros ante esta sospecha de probable contaminación, a toda persona que deba regresar a su domicilio, para poner una barrera que impida la contaminación a otros familiares y vecinos. Indicándosele que debe usar el Tul en todo momento (para evitar que un mosquito lo pique y luego pique a otras personas), e incluso luego de terminado su estado febril hasta tres días posteriores.-
ARTÍCULO TERCERO: Detectada la posible contaminación y ubicado el domicilio del paciente inmediatamente El Ejecutivo Municipal realizar la Fumigación intra domiciliaria, con insecticida de efecto residual, con sistema de neubulización denominada gota ultraliviana que es disparada al techo y paredes produciendo una nube que se pega, dando mayor efectividad a la practica desinfectante, en cinco cuadras a la redonda del domicilio de dicho posible portador, Quedando facultado para allanar domicilios a los efectos de la desinfección, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario, conforme a las facultades que nos confiere la Ley 5.529 Orgánica de Municipalidades Art. 24º inc. 36º y 37º y Art. 25º.-
ARTÍCULO CUARTO: Ordenar al Ejecutivo Municipal realizar la Fumigación detallada en el artículo anterior en todo el ejido municipal en forma inmediata. Debiendo realizarla nuevamente a partir del 01 de Septiembre del corriente año, en forma programada mientras las condiciones climáticas adecuadas para el desarrollo del vector se mantenga.-
ARTÍCULO QUINTO: Facúltese a obras públicas municipal a colocar telas mosquiteras de metal en puertas y ventanas de todos los establecimientos educativos y públicos del ejido municipal.
ARTÍCULO SEXTO: Realizar campaña de información y prevención enseñando a los vecinos a limpiar todos los lugares húmedos de sus casas (Paredes, inodoros especialmente por dentro en la parte interna y de arriba, bidet, cocina) con una esponja con cloro “lavandina” para matar los huevos depositados por los mosquitos, que son pequeñas manchitas de color negro.- entregándose una imagen de dichos Huevos.- Esta campaña estará orientada en los centros educativos de jurisdicción municipal; explicando los alcances de la presente ordenanza a fines de prevenir y preservar la salud de la comunidad.
ARTÍCULO SEPTIMO: Que debido a la cantidad de casos que no son denunciados en los centros asistenciales públicos y son tratados en forma particular, Instrúyase a la población en general y especialmente a profesionales médicos del medio sobre la obligación de dar a conocer el nombre apellido y domicilio de los mismos al Ejecutivo municipal a los efectos que se tomen las precauciones mencionadas en esta Ordenanza, apelando a la responsabilidad ciudadana en palucha contra esta enfermedad.-
ARTÍCULO OCTAVO: Remítase copia autenticada al Superior Gobierno de la Provincia, al Ministerio de Asuntos Sociales de la Nación y a los medios de Prensa locales, provinciales y nacionales a los efectos de dar a conocer en forma efectiva esta declaración de “Emergencia Sanitaria” en el Municipio de la Ciudad de Aguilares, Provincia de Tucumán.- ARTÍCULO NOVENO: De forma.-Siga Leyendo en: http://ecotucumano.blogspot.com/ y en http://asociacionvictimasdeldengue.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-



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