" "Eco Tucumano": abril 2008
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viernes, 4 de abril de 2008

“Infames Traidores A La Patria”

El día 31 de Marzo de 2008.-
“Pepe Magi” Inicia Proceso Penal Para Destituir E Inhabilitar De Por Vida Al Intendente Agustín Fernández, y al Director de Personas Jurídicas Contador Aldo Eduardo Madero (concuñado del Gobernador), Por “Infames Traidores A La Patria” y contra el Abogado Carlos Sergio Correa ya que el día 21 de Octubre de 2006.- por orden judicial son desalojadas tres familias que alquilaban el inmueble de propiedad del Centro Vecinal del Barrio Villanueva de la Ciudad de Aguilares.-
Dicha orden fue lograda engañando al poder judicial, la maniobra fue idea por el intendente y el abogado del municipio, quienes mintieron cuando manifestaban que “la sociedad presentó un proyecto a la Nación, en el marco del programa Componentes Materiales, tendiente a la construcción y funcionamiento de un CAPS en un terreno puesto a disposición”, el proyecto no fue firmado por ningún miembro de la Comisión Directiva y menos aún por algún vecino del barrio. Solo tiene la firma del intendente Agustín Fernández y en complicidad con otros simularon un acto jurídico de entrega del inmueble.-
Para impedir que el Gobierno provincial y municipal se apoderarán del inmueble propiedad de la Sociedad Pro Adelanto, la organización se vio obligada a tercerizar su arrendamiento con el objeto de preservar su patrimonio.
El día 12 de marzo de 2008, se llevo a cabo lo dispuesto por el juez Pedro Roque Arnedo, del Juzgado de Instrucción del Centro Judicial de Concepción, quien ordenó la restitución del inmueble ubicado en calle Chubut esquina Catamarca (Barrio Villanueva), “libre de ocupantes y en el estado que se encuentre” a Francisco José Magi (representante de la entidad), y dispuso que la medida sea llevada a cabo por el jefe de zona con jurisdicción en la Comisaría de Aguilares, con personal policial a sus ordenes, previa intimación a los actuales ocupantes (Municipalidad) para su entrega voluntaria, autorizándose el allanamiento y el uso de la fuerza pública en caso de su incumplimiento.
Vencido el plazo de 24 horas acordado el día 12/03/2008.- a hs. 11:00.- el intendente municipal no se presenta cometiendo el delito especial de defraudación previsto y penado por el Art. 173 inc. 2° del Código Penal de la Nación, al negarse a restituir en perjuicio de otro, y en el debido tiempo el inmueble.-
Se procede al allanamiento del domicilio con auxilio de la fuerza pública, y VERIFICAMOS QUE EL INTENDENTE MUNICIPAL AGUSTÍN FERNÁNDEZ QUIEN:
Representa a La Municipalidad En Sus Relaciones a Todos Los Efectos.-

Que Por Disposición de La Ley, de la Autoridad y por un Acto Jurídico, como es la Orden Judicial por la que Recibió La Posesión del Inmueble, Tiene a Su Cargo a Partir de ese Momento, El Manejo, La Administración y El Cuidado de Bienes o Intereses Pecuniarios Ajenos.-
Y con El Fin de Procurar Para Sí o Para Un Tercero, Un Lucro Indebido o Simplemente para Causar Daño, por acción u omisión, Violando Sus Deberes, Ha Perjudicado Los Intereses Confiados.- Como Se Prueba Con El Acta De Restitución DONDE SE CONSTATA QUE:
La puerta de ingreso se encuentra cerrada sin llave.-
El portón de acceso se encuentra abierto sin ningún tipo de seguridad.-
El salón de la sede social, las dos puertas están destruidas.-
El cielorraso de chapadur destruido.-
Sin instalación eléctrica ya que la misma se encuentra destruida.-
Falta una columna de alumbrado donde se coloca el medidor.-
El inmueble se encuentra lleno de malezas crecida evidenciando abandono.-
En la construcción nueva en la primera habitación la caja principal de llaves térmicas destruidas.-
Faltan Tres puertas de habitaciones interiores con sus correspondientes herrajes.-
Faltan Dos ventanas completas con las hojas de celosía y las de vidrio con sus herrajes.-
Tiradas en el suelo cuatro boletas de luz impagas a nombre de “B° Villanueva Sociedad”.-
Una reja de ventana forzada.-
Azulejos del baño rotos en la zona de la lucha.-
El mismo día que recibió el inmueble por orden judicial, el Intendente Agustín Fernández ordena derribar la pared divisoria de los dos departamentos, y se llevan los 560 ladrillos (que “Pepe Magi” llevara desde su domicilio al centro vecinal para la construcción de la pared, por cierto ladrillos ya de propiedad de la Sociedad Vecinal), los herrajes en “V” de las dos puertas y las cerraduras doble paletas de ambas.- con lo que se configura el delito de Robo, ya que para llevarse los elementos han ejercido violencia sobre la construcción de ladrillos, y rajado el cielorraso del techo al quedar parte de la pared con los ladrillos suspendidos pegados con cemento en dicho cielorraso.-
A los Dos baños interiores les falta la instalación eléctrica.-
Además falta el medidor de energía eléctrica sobre calle Catamarca.-
Motivos por los Que vengo a presentar formal denuncia en contra del Abogado CARLOS SERGIO CORREA domiciliado en Av. Belgrano casi esquina 20 de Junio de la ciudad de Aguilares por ser el ideólogo y organizador de la estafa y otras defraudaciones, en participación criminal activa, junto al intendente Municipal de Aguilares AGUSTÍN FERNÁNDEZ, con domicilio en calle San Martín Nº 665.- Aguilares.- De Hecho, por Acción u omisión, Violando Los Deberes De Funcionarios Públicos, Nos Han Robado, Dañado Intencionalmente Nuestros Bienes, Nos Han Estafado y Cometido Otras Defraudaciones, han organizado la asociación para delinquir, Y Para Concretarlos Se Han Asociado Ilícitamente en Participación Criminal, Ambos En Carácter De Jefes u Organizadores, quienes han tomado parte en la ejecución del hecho junto con El Director de Personas Jurídicas Contador ALDO EDUARDO MADERO con domicilio en calle San Martín Nº 849 San Miguel de Tucumán.-, con PABLO LORENZO ORELLANA D.N.I.N° 17.655.974.- con domicilio en Av. Neuquen y Santa Cruz, Barrio Villanueva Aguilares, con MIGUEL ÁNGEL SOTILLO D.N.I.N° 12.562.318.- con domicilio en Chubut s/n°, Barrio Villanueva Aguilares, con CLEMIRA ROSA MALDONADO D.N.I.N° 5.249.269.- con domicilio en calle Chubut s/n°, Barrio Villanueva Aguilares, Todos Han Prestado Auxilio Y Cooperación Sin Los Cuales No Habrían Podido Cometerse Los Delitos Que Se Les Imputan.- Cuyos demás datos personales desconozco. Y contra todos aquellos cuyos nombre surjan de la presente investigación, Delitos Cometidos En Concurso Real, Art. 45; 172; 173; 174, 210 s.s. y c.c. del Código Penal de la Nación Argentina, y conforme a la obligación que emerge de la ley 5.529 Titulo III, Capitulo II Atribuciones y Deberes del Intendente Art. 47 inc. 5° 10° 15° 24° s.s. y c.c. Son atribuciones y deberes del intendente:
Inc. 5)
Expedir órdenes y adoptar medidas preventivas para evitar el incumplimiento de las ordenanzas de orden público, estando facultado para clausurar establecimientos, decomisar, destruir productos, demoler y trasladar instalaciones.
Inc.10) Representar a la Municipalidad en sus relaciones a todos los efectos.
Inc. 15) Propiciar la exaltación de los valores locales, consolidar los sentimientos de vecindad, proponer la revisión y el establecimiento de la toponimia local ajustado a la historia de la zona y conservar las riquezas naturales de la misma.
Inc. 24) Asegurar los servicios primordiales del municipio, higiene, moralidad, seguridad, defensa, abastecimiento y realizar cuantas gestiones fueren necesarias para cumplir con sus funciones en beneficio de las personas y cosas referidas a su jurisdicción.
Sr. Fiscal: Son deberes del intendente Asegurar los servicios primordiales del municipio, como ser: higiene, seguridad, defensa, y realizar cuantas gestiones fueren necesarias para cumplir con sus funciones en beneficio de las personas y cosas referidas a su jurisdicción.
Obligaciones especificas impuestas por Mandato Judicial oficio N° 852.- mediante la cual se ordena, el inmediato desalojo, de todos los ocupantes del inmueble ubicado en calle Chubut esquina Catamarca, Villanueva de Monte Rico, y su restitución mediante acta labrada a la Municipalidad de la ciudad de Aguilares, a partir del día 21 de Octubre de 2006 como consta en ACTA PARA DOCUMENTAR ALLANAMIENTO Y DESALOJO y ACTA PARA DOCUMENTAR MEDIDA.- (acompaño copias).-
En consecuencia Los hechos denunciados son actos fraudulentos capaz de poner en peligro la seguridad de los bienes que han tenido la obligación de preservar desde que se los pusieron en posesión de los mismos el día 21 de Octubre de 2006, Como se demuestra con el acta de restitución del inmueble de día 12 de Marzo de 2008.- (acompaño copia).-
Por lo tanto los actos fraudulentos también se han cometido en perjuicio de la administración pública Municipal de la Ciudad de Aguilares, quien tiene que responder patrimonialmente por daños y perjuicios causados, Por Lo Que Desde Ya Pido Se Le Aplique El Máximo De La Pena, CON LA INHABILITACIÓN ESPECIAL PERPETUA PARA EJERCER CARGOS PÚBLICOS, por ser Ley expresa Art. 174° inc. 4° y 5° del Código Penal de la Nación Argentina.-
POR LO EXPUESTO AL SR. FISCAL PIDO:

Que: Oportunamente requiera al Sr. Juez de Instrucción Subrogante la investigación jurisdiccional Art. 341 del CPP por los obstáculos fundados en privilegios constitucionales del Intendente Art. 138 de la Constitución Provincial a los efectos que solicite el desafuero o destitución del intendente Agustín Fernández conforme lo dispone el Art. 49 y luego de condenado por la Honorable Legislatura, quede sujeto a acusación y juicio ante los tribunales ordinarios conforme lo dispuesto por el Art. 50 del la Constitución Provincial.-
Y: Oportunamente cite a los imputados a Prestar declaración indagatoria por los delitos cometidos.-
CAUSA: FERNÁNDEZ AGUSTÍN; CORREA CARLOS SERGIO,
ALDO EDUARDO MADERO, ORELLANA PABLO LORENZO;
SOTILLO MIGUEL ANGEL; MALDONADO CLEMIRA ROSA;
S/Robo, Daño, Estafa, otras Defraudaciones, Asociación ilícita,
Violación de los Deberes de Funcionario Público.- Exp. N° 1374/08.-
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jueves, 3 de abril de 2008

Ante La Presión Judicial El Ente Regulador De Energía Eléctrica De Tucumán Multa A Edet S.A.

Para tratar de justificarse ante el Poder Judicial, el Interventor del EPRET Dr. Augusto Pedro Contreras y solicitarle al juez que deje sin efectos las sanciones conminatorias de $ 1.150,00.-, Sanciones Que Le Fueron Confirmadas, aplico por Resolución Nº 555/06.- una Multa a Edet S.A. RESOLVIENDO: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer que la conducta de Edet S.A. constituye una clara desobediencia a lo establecido en la resolución Nº 776/03 EPRET, por lo que corresponde aplicarle una multa a favor del usuario de $100,00.- diarios hasta que de cumplimiento con las ordenes del EPRET.- ARTÍCULO SEGUNDO: Establecer que la conducta de Edet S.A. constituye abuso de posición dominante en el Mercado (empresa monopólica) correspondiendo aplicarle una sanción a favor del reclamante Usuario Sr. JUAN CARLOS ROMERO de 6.500 kwh valorizado al precio que en promedio vende energía eléctrica la Distribuidora.- ARTÍCULO TERCERO: Establecer que Edet S.A. deberá cumplir con lo manifestado en los artículos precedente dentro de las 24 horas de haber sido notificado de la presente resolución.- Consecuencia de la Defensa del Usuario efectuada por “Pepe Magi” ..…Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Seleccione esta nota con ratón, Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

Condenan al Ente Regulador de Energía Eléctrica de Tucumán

Interventor del EPRET Augusto Pedro Contreras.- El 27 de Marzo próximo pasado fue CONDENADO el Ente Regulador de Energía Eléctrica de Tucumán (EPRET) por negarse en tiempo y forma a brindar los informes requeridos por el órgano judicial.- La Dra. MARÍA JOSÉ POSSE titular del Juzgado civil y comercial común de la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción ORDENO se lleve adelante la presente ejecución de sanciones conminatorias seguida por el Sr. JUAN CARLOS ROMERO, actor en autos, en contra de “EPRET” hasta hacerse la parte acreedora integro pago del capital reclamado de $ 1.150,00.-, con más gastos, costas e intereses, desde la mora hasta el efectivo pago.- La magistrado dispuso que las COSTAS son a cargo del vencido “EPRET” RESERVANDO pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad.- Consecuencia de la Defensa del Usuario efectuada por “Pepe Magi”..…Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Seleccione esta nota con ratón, Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.

Condenan al Municipio de Aguilares a Pagar Costas

En el marco del Juicio que le sigue “Pepe Magi” al intendente Agustín Fernández para que devuelva los $ 56.608,78.- que robo al Centro Vecinal Barrio Villanueva, con más los honorarios del Martillero Magi por $ 17.296,93.- El municipio perdió un incidente en el cual pretendía separar del caso a una Juez que ya sanciono a un órgano del Estado como es el EPRET con una multa de $ 1.150.- Las costa serán calculadas sobre el total de la demanda de $ 73.905,71.- al regular honorarios en su oportunidad como lo ha dispuesto la magistrada del Centro Judicial Concepción. Cabe acotar que el monto de esta demanda será incrementada por el martillero Magi, en razón que se habrían producido hechos nuevos en los cuales sigue involucrado el Intendente Agustín Fernández.-..…Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Seleccione esta nota con ratón, Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

miércoles, 2 de abril de 2008

Retenciones ¡AH! La Joja...

Hay Mucha Gente Que Vive En La Ciudades Y Que Tiene Muchas Hectáreas De Campo, Que No Las Compraron Con La Producción Del Campo Y Que No Son Los Que Están En La Protesta: ingrese abra el archivo y siga leyendo en: http://www.mediafire.com/?ixx2sztjnyx ..…Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Seleccione esta nota con ratón, Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

En Aguilares Marzo fue el mes en que el gobierno provincial mostró sus diferencias

Publicado por http://www.jbayalrededores.blogspot.com/ el día Lunes 1 de Abril de 2008.-
La ciudad recuperó la memoria en el ingenio azucarero y apuesta al futuro en una nueva escuela.
Multitud. La escenografía del Día de la Memoria
En la tarde del lunes 24 de Marzo, un emotivo acto contó con la presencia del intendente de San Miguel de Tucumán, Domingo Amaya, donde se evocó a los obreros desaparecidos durante la última dictadura militar del ingenio Aguilares, en que estuvo acompañado por los diputados nacionales Stella Maris Córdoba, Rolando Alfaro, además de funcionarios nacionales y provinciales y por legisladores provinciales
Instituto Técnico. El gobernador no
había asistido a la inauguración.
En dos fechas que quedarán para el recuerdo de la población de la Ciudad de la Avenidas, las máximos dirigentes del gobierno provincial y del Partido Justicialista mostraron, con sus presencias y ausencias, las diferencias que los embargan, en coincidencia con la fallida designación de un vocal de la Corte Suprema de Justicia.En la mañana del viernes 14 había sido inaugurado el nuevo edificio del Instituto Técnico de Aguilares (ITA), de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT). El gran ausente en esa ocasión fue el gobernador José Alperovich. En su representación había asistido la diputada nacional y presidenta del Partido Justicialista en la provincia, Beatriz Rojkés. La dirigente hizo oír algunos reclamos por el escaso agradecimiento que se oyó en la ocasión hacia la gestión del gobernador Alperovich...…Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Seleccione esta nota con ratón, Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-